ACCIONES INDUCTIVAS Y CARTAS INDUCTIVAS

Las cartas inductivas de SUNAT no dan lugar a fiscalización, sino que son formas de control de las obligaciones tributarias. Asesórate y verifica previamente si la SUNAT está en lo correcto o no.

BANCARIZACIÓN PARA DEDUCIR IMPUESTOS

Recuerde que de acuerdo a la Ley 28194, es obligatorio el uso de medios de pago para operaciones que superen los S/. 3,500.00 o U$ 1,000.00, y su falta de uso no dará derecho a deducir gasto o costo para fines tributarios.

DERECHO A CONOCER EL ESTADO DE SU TRÁMITE TRIBUTARIO

Recuerde que como contribuyente usted tiene derecho a conocer el estado de los procedimientos que tenga en trámite, así como la identidad del funcionario encargado, conforme al Artículo 92° del Código Tributario.

FISCALIZACIÓN PARCIAL ELECTRÓNICA

Importante: SUNAT puede fiscalizar parcialmente a los contribuyentes electrónicamente, emitiendo inclusive una pre-liquidación del periodo acotado.

LA SOLIDARIDAD DEL ADMINISTRADOR DE HECHO

El Artículo 16-A° del Código Tributario define quien es el administrador de hecho y le otorga responsabilidad solidaria sobre el pago y las obligaciones del contribuyente.

FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO

Nadie está libre de estar sin liquidez o que le fallen en el pago de una acreencia. No caigas en mora. Puedes acogerte a un fraccionamiento de tu deuda.

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