¿Propusiste actos de investigación y el Ministerio Público te lo rechazó? ¿Fuiste al juez y solicitaste audiencia de Inadmisión de diligencias y declararon infundado tu pedido? En esta nueva entrega, les compartimos la resolución de Sala Superior que declaro FUNDADO nuestro recurso de apelación que rechazo la diligencia postulada por esta defensa.
Brevemente el caso.
María y José, son una pareja de esposos que no pueden tener hijos. La señora María es profesora en un colegio inicial primaria, es así que entre sus pequeñas alumnas, hay una niña de 5 años cuya mamá la tenía prácticamente abandonada y no podía criarla, es así que María se ofrece para criar a la niña, sin impedir que la mamá siga viendo a su hija, quien la llevaba los fines de semana a dormir con ella.
María y José tratan a la menor como si fuera su hija, le dan hogar, un buen colegio, buena alimentación, vestido, viajes, le dan una buena calidad de vida, la crían a la menor hasta que cumple 12 años.
¿Pero qué pasó, porque solo hasta los 12 años?, resulta que días después del cumpleaños de la niña, la madre de la menor llega embarazada y María y José la acogen en su hogar, incluso en el cuarto de la niña arman un camarote para que la menor duerma con su mamá. Pasan unos meses, nace la hermanita y María y José se dan cuenta que los ahorros que tenían guardados en diversos lugares de la casa, desaparecieron.
La pareja hace su indagación y logran descubrir que la niña de 12 años había comprado bisutería, cosméticos y algunas cosas para su hermanita recién nacida. Es así, que María y José le reclaman a la menor y a su mamá. Esta última ofendida y ofuzcada, agarra a sus dos hijas y se las lleva, dejando todas sus cosas, entre ellas un diario de propiedad de la menor.
A la semana, llega una denuncia penal por delito de violación contra Eduardo, sobrino favorito de María y José y que si bien no vivía con ellos, siempre los frecuentaba. La menor ante el médico legista, quién determinó una desfloración anal antigua, dijo que su primera relación sexual había sido con su tío Eduardo, producto de esta supuesta violación.
Como les dije, la menor había dejado un diario. Cuando María y José revisaron este diario, con estupor descubrieron que la niña tenía un presunto romance con el hijo de la pareja de su mamá y con el cual ya mantenía relaciones sexuales desde hace un año antes, lo cual contradecía lo dicho por la menor en Cámara Gesell y lo dicho por la menor en la anamnesis de su examen de integridad sexual.
Este medio probatorio, fue ofrecido al Ministerio Público, pero rechazado por el despacho fiscal, aduciendo que no guardaba pertinencia al caso y que el hecho de que la menor haya tenido relaciones sexuales con otra persona, no sirve para desacreditar la imputación de mi cliente, pues este sería otro hecho. De una idea similar fue el juez de garantías.
Acudimos en apelación y la Sala Penal de Apelaciones de Chorrillos por unanimidad nos da la razón atendiendo entre otros fundamentos, el principio de objetividad que guía la labor de investigación del Ministerio Público en obtener información, no solo vinculada a la acreditación del delito, sino también que pueda servir para sustentar la teoría del caso de la defensa, teniendo como premisa la imputación penal y que viene siendo materia de investigación, razón por la cual a través de la admisión de dicho medio se podrá esclarecer los hechos, los que deberán ser contrastados con otros elementos de investigación que vienen siendo acopiados, en consecuencia el reconocimiento del diario por parte de la menor es pertinente para el caso.
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