“4.4. Al Respecto debemos tener presente que la paralización de labores en todo el país a causa del estado de emergencia por la pandemia ocasionada por el COVID – 19, se inició el 16 de marzo de 2020, esto es, casi un mes después de la fecha de la acusación fiscal, no habiendo la titular de la acción penal en esta audiencia aportado dato objetivo alguno que permita conocer las razones por las que no se dio inicio al juicio oral, pese a tratarse de un proceso que involucra reos en cárcel que debe ser atendido a la brevedad a fin de dilucidar la situación jurídica de los imputados, quienes se encuentran cumpliendo desde el mes de agosto de 2019 un mandato de prisión preventiva por el plazo de 09 meses.”
