“Empresa debe pagar multa de 3 UIT, otorgar la cobertura de la póliza y pagar las costas y costos del procedimiento.”
A través de la denuncia presentado por COELLO ABOGADOS, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a la empresa La Positiva Seguros y Reaseguros por negarse a desembolsar la cobertura del Seguro Vehícular contratado por el Estudio Jurídico Andrés Coello & Asociados SAC.
Los hechos relacionados a la cobertura negada por La Positiva Seguros, se dan a razón a razón de que con fecha 29 de diciembre de 2014, en circunstancias en que el conductor del vehículo se encontraba transitando por la Panamericana Norte, chocó bruscamente contra un rompemuelles, ocasionando que aparentemente sólo se dañara el para choques delantero y la máscara de la unidad, por lo que el conductor considerando que se encontraba en una zona desolada, continuó conduciendo por 10 minutos más, momento en el cual se prendió la luz de “alerta de aceite” del tablero, por lo que detuvo la marcha, percatándose que el automóvil presentaba fuga de aceite, motivo por el cual llamó al seguro.
En una primera instancia, la Comisión de Protección al Consumidor declaró infundada la denuncia, sin embargo en apelación, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi, la declaró fundada, teniendo entre sus fundamentos que “La Positiva no cumplió con la obligación que tenía, en su calidad de compañía aseguradora, de analizar si el denunciante se encontraba en la causal de excepción que establecía la póliza de seguros contratada, esto es, si continuó conduciendo el vehículo luego de producido el accidente por una causa de legítima defensa.
Adjuntamos el link de la resolución N° 1257-2017-SPC-Indecopi.